¿Quiénes
son los beneficiarios que están en condiciones
de acceder al servicio de asistencia al viajero?
Podrán acceder al servicio de Asistencia
al Viajero brindado por Universal Assistance –en
forma complementaria a la cobertura brindada por andar-:
- En la modalidad Argentina
y países limítrofes
Viajantes vendedores de los Planes Clásico
y Especial quienes –en conmemoración
del Centenario Viajantes- han sido bonificados a partir
del 1º de octubre de 2003 con el servicio de
Asistencia al Viajero.
- En la modalidad Argentina
y resto del mundo
Todos los beneficiarios del Plan Plus a partir de
la incorporación -desde el 1º de octubre
de 2003- del servicio al Plan de Cobertura, sin ningún
costo adicional
¿Cómo
utilizar el servicio de Asistencia al Viajero?
Para el acceso a la cobertura no es condición
obligatoria la presentación de la credencial
debido a que los beneficiarios se encuentran registrados
en la base de datos de la empresa. Para recibir atención
Ud. sólo deberá comunicarse con las Centrales
Operativas detalladas al dorso de la credencial e informar
los siguientes datos:
Número de afiliado a andar
Nombre y apellido
Argentina y países limítrofes
Argentina y resto del mundo
Recuerde que la credencial de Asistencia
al Viajero no es personalizada y es válida para
todo el grupo familiar.
¿Cuál
es la
cobertura a la que Ud. puede acceder si cuenta con
el servicio de Asistencia al viajero en la modalidad
ARGENTINA Y PAÍSES LIMÍTROFES?
Área de cobertura
Argentina y países limítrofes
Beneficiarios
Afiliado andar a partir de
los 100 Km. del domicilio declarado por el titular.
Días de viaje
Períodos que no superen los 60 días corridos.
Prestaciones en el exterior
Asistencia Médica (***)
Atención médica de emergencia
Internación
Intervenciones quirúrgicas
Exámenes complementarios
Otras prestaciones relacionadas con la salud, hasta
un tope de gastos por viaje de $3.500
Odontología:
$200
Medicamentos: $300
Los medicamentos se reintegran en un 40% cuando el beneficiario
regresa a su lugar de internación y gastos de
hotel del familiar del beneficiario regresa a su lugar
de residencia. Se debe hacer por carta, presentando
los originales de la factura de la farmacia, previa
autorización de la central operativa a Universal
Assistance (Av. Córdoba 967 –1054- Capital
Federal)
Otros servicios
Envío de medicamentos fuera del territorio de
la República Argentina (**)
Traslado hasta el lugar de internación y gastos
de hotel del familiar del beneficiario (**)
Repatriaciones sanitarias (**)
Gastos de hotelería del beneficiario por convalecencia
(**)
Traslado de restos en caso de fallecimiento (**)
Traslado de beneficiarios acompañantes del familiar
fallecido (**)
Acompañamiento de menores (**)
Puesta a disposición de un pasaje por enfermedad
o accidente del beneficiario que imposibilite el retorno
a su domicilio (**)
Traslado urgente del titular por ocurrencia de siniestro
en su domicilio (**)
Asistencia legal en el exterior, pago de honorarios
(**)
Transmisión de mensajes urgentes (**)
Localización de equipaje (**)
Compensación complementaria por perdida de equipaje
(**)
Dentro del territorio de la República
Argentina Ud. cuenta con la cobertura de andar
en forma directa o a través de sus redes prestadoras.
Adicionalmente podrá utilizar en forma complementaria
los servicios de Universal Assistance en cualquier punto
del país (siempre a más de 100 Km de su
lugar de residencia) hasta los topes abajo indicados
(***)
(*) Mayores de 70 años 50% de cobertura.
(**) Sujeto a términos y condiciones generales.
(***) Sólo urgencias.
¿Cuál
es la
cobertura a la que Ud. puede acceder si cuenta con
el servicio de Asistencia al viajero en la modalidad
ARGENTINA Y RESTO DEL MUNDO?
Área de cobertura
Argentina y otros países del mundo.
Beneficiarios
Afiliado andar a partir de
los 100 Km. del domicilio declarado por el titular.
Días de viaje
Períodos que no superen los 60 días corridos.
Prestaciones en el exterior
Asistencia Médica (***)
Atención médica de emergencia
Internación
Intervenciones quirúrgicas
Exámenes complementarios
Otras prestaciones relacionadas con la salud, hasta
un tope de gastos por viaje de:
$10.000 (*) en países no limítrofes
$3.500 (*) en países limítrofes
Odontología:
$200
Medicamentos: $300
Los medicamentos se reintegran en un 40% cuando el beneficiario
regresa a su lugar de internación y gastos de
hotel del familiar del beneficiario regresa a su lugar
de residencia. Se debe hacer por carta, presentando
los originales de la factura de la farmacia, previa
autorización de la central operativa a Universal
Assistance (Av. Córdoba 967 –1054- Capital
Federal)
Otros servicios
Envío de medicamentos fuera del territorio de
la República Argentina (**)
Traslado hasta el lugar de internación y gastos
de hotel del familiar del beneficiario (**)
Repatriaciones sanitarias (**)
Gastos de hotelería del beneficiario por convalecencia
(**)
Traslado de restos en caso de fallecimiento (**)
Traslado de beneficiarios acompañantes del familiar
fallecido (**)
Acompañamiento de menores (**)
Puesta a disposición de un pasaje por enfermedad
o accidente del beneficiario que imposibilite el retorno
a su domicilio (**)
Traslado urgente del titular por ocurrencia de siniestro
en su domicilio (**)
Asistencia legal en el exterior, pago de honorarios
(**)
Transmisión de mensajes urgentes (**)
Localización de equipaje (**)
Compensación complementaria por perdida de equipaje
(**)
Dentro del territorio de la República
Argentina Ud. cuenta con la cobertura de andar
en forma directa o a través de sus redes prestadoras.
Adicionalmente podrá utilizar en forma complementaria
los servicios de Universal Assistance en cualquier punto
del país (siempre a más de 100 Km de su
lugar de residencia) hasta los topes abajo indicados
(***)